Para que tu vivienda pueda ser considerada como tal, debe contar con una cédula de habitabilidad que certifique que cumple una serie de requisitos. ¿Cuáles son los requisitos de habitabilidad para una vivienda unifamiliar? Sigue leyendo para averiguarlo.
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Normas de habitabilidad
La Ley de Habitabilidad para vivienda nueva está marcada por el Decreto 141/2012, Anexo 1. Es el documento a consultar aparte del Código Técnico de la Edificación, que incide más en aspectos como la seguridad de incendios, accesibilidad y solidez estructural. El 141/2012 concentra la Norma de Habitabilidad tipo.
En el Decreto 141/2012 quedan reflejadas las condiciones principales para el cumplimiento de las superficies en viviendas de nueva construcción, sean unifamiliares o pisos correspondientes a un edificio plurifamiliar.
Tomaremos en consideración esta normativa sin tener en cuenta las ordenanzas municipales, que siempre hay que consultar. En el caso de disponer de dos normas sobre el mismo sistema, siempre se tiene que escoger el requisito de habitabilidad más restrictivo.
Para las superficies se escogerá siempre la superficie útil, es decir, la que se puede pisar o la construida menos todos los cerramientos y divisiones interiores que cumplan con la altura mínima reglamentaria: 2,20 metros en cámaras higiénicas, cocinas y espacios de circulación, y 2,50 metros en el resto de las estancias.
Superficie mínima de vivienda
La superficie mínima de una vivienda tiene que ser en todos los casos una superficie útil de 36 metros cuadrados. En el caso de que todo el programa se concentre en una misma estancia, se debe poder compartimentar con una habitación de 8 metros cuadrados.
La superficie del salón, comedor y cocina siempre deberá ser igual o mayor que 20 metros cuadrados, y susceptible a la inscripción de un círculo de 2,80 metros de diámetro. En el caso de que la sala de estar contenga la cocina, se debe prever también un espacio de conexión entre ambos de 3,50 metros cuadrados como mínimo.
Medidas de dormitorio de una vivienda unifamiliar
La habitación mínima será de 6 metros cuadrados. Si la vivienda tiene tres habitaciones o más, una de ellas debe ser susceptible a la inscripción de un cuadrado de 2,60 metros de lado. En viviendas de dos o una habitación, dicho cuadrado se reduce a uno de 2,00 metros de lado.
En las habitaciones, se debe prever un espacio de almacenamiento que computará como superficie útil si se halla en el interior de la estancia: 0,6 metros de ancho por 2,20 metros de altura. El ancho sube a 1,50 metros en el caso de que la habitación supere los 8 metros cuadrados.
Insisto en que ésta es una sencilla base para proyectar, pero es necesaria corroborarla con normativas adicionales. Por ejemplo, en el Área Metropolitana de Barcelona, está muy desmenuzado el baremo de superficies en base también a la ocupación prevista de personas, y las Normas Urbanísticas que lo definen prevén prácticamente cualquier contingencia aumentando prácticamente diez veces el reglamento previsto por el Decreto 141/2012.
Realizar un proyecto de obra nueva y de reforma (o un cambio de uso, que es obra nueva) es compaginar la creatividad con los deseos del cliente y el marco de la normativa. Informémonos bien antes de dibujar la primera línea de cuáles son las reglas del juego para evitar posteriores sorpresas.