Requisito para ser Perito Judicial en España

Primero de todo tendremos que definir que es entiende por ser un Perito y el Diccionario de la Real Academia nos dice que un perito es cualquier persona entendida, experimentada, hábil o práctica en una ciencia y que un peritaje es el trabajo o estudio que hace un perito.

Dentro del mundo del derecho, el concepto de perito tiene unos caracteres muy específicos y se define como la persona que poseyendo determinados conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, informa bajo juramento al juzgado sobre puntos litigiosos relacionados con su saber o experiencia.

En derecho procesal nos encontramos con que el dictamen de peritos es uno de los medios de prueba de los que pueden valerse las partes para defender sus derechos dentro de un pleito. La Ley de Enjuiciamiento Civil L.E.C establece cuales son los medios de prueba y el art. 299 punto 4 del párrafo 1º nos dice que entre dichos medios de prueba se encuentra el Dictamen de Peritos.

Quién puede ser Perito Judicial

Para hacernos una idea clara de quien puede ser perito judicial, tenemos que distinguir los tipos de perito judicial según las materias que se deba referir el peritaje y por tanto del tipo de pericia, conocimientos, ciencia, técnica que se deba poseer para poder emitir el dictamen pericial. 

El articulo 340 de la L.E.C establece las condiciones necesarias para ser perito.

  1. Materias a las que corresponda un título oficial de estudios para poder ejercer actividades profesionales en dichas materias entre las que se encuentran aquellas que son objeto de carreras universitarias como medicina, derecho, arquitectura, ingeniería, etc. En cuyo caso el perito deberá tener el título oficial que se refiera a dicha materia.
  2. Materias que no estén comprendidas en carreras universitarias ni títulos profesionales, en cuyo caso los peritos habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias.

También se podrá solicitar dictamen de Academias e instituciones culturales y científicas que se ocupen del estudio de las materias correspondientes al objeto de la pericia. Como también podrán emitir dictamen sobre cuestiones especificas las personas jurídicas legalmente habilitadas para ello. En este caso se comunicará a la mayor brevedad qué persona o personas se encargarán directamente de preparar el dictamen ya que se les exigirá el juramento o promesa previsto en el apartado segundo del art. 335 de la L.E.C.

Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumple su deber como perito.

Cómo ser Perito Judicial

Los peritos pueden ser nombrados por una de las partes en un proceso judicial por lo que será un perito de parte o nombrados por el juez o tribunal a instancia de las partes y entonces se denomina perito judicial. Este perito será el encargado en redactar y firmar el informe pericial

Existen muchas materias que no están comprendidas en títulos profesionales oficiales y en las que sin poseer un título universitario oficial se puede adquirir el conocimiento necesario para poder ejercer de perito judicial mediante la realización de un curso en academias reconocidas para ello y entrando a formar parte de una asociación o colegio profesional que entregue los listados de los peritos de dichas materias en los juzgados de los distintos partidos judiciales.