Solicitar ayudas para rehabilitación energética

¿En qué consiste una solicitar ayudas para rehabilitación energética? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.

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Todo lo que necesitas saber sobre solicitar ayudas para rehabilitación energética

En la actualidad cada vez hay más consciencia de la importancia de la sostenibilidad, la rehabilitación energética de edificios se ha convertido en un pilar crucial para reducir las emisiones de carbono y mejorar la eficiencia. 

¿Qué son las ayudas de rehabilitación energética?

En línea con el Plan de Acción 2014-2020, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, puso en marcha un programa de ayudas de 200 millones de euros. Estas subvenciones tienen como objetivo promover, en edificios existentes, la realización de reformas que favorezcan el ahorro energético, el aprovechamiento de las energías renovables, la mejora de la eficiencia energética y la reducción de emisiones de CO2. Dada la importancia del objetivo, cualquier edificio puede ser destinatario de estas ayudas, independientemente de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares (a excepción de los edificios agrícolas).

Todas las subvenciones consisten en una ayuda dineraria sin contraprestación, que se complementará con un préstamo reembolsable. La ayuda dineraria sin contraprestación está formada por una ayuda base, que dependerá del objetivo de la rehabilitación, más una ayuda adicional en función del uso del edificio. El préstamo reembolsable tiene un plazo máximo de amortización de 10 años.

Validez de las ayudas de rehabilitación energética

La Unión Europea está plenamente concienciada de estas necesidades y dispone planes de actuación vinculantes para ir reduciendo paulatinamente el consumo energético. El 30 % del consumo energético es de los edificios. La mayoría se construyeron con poco o insuficiente aislamiento térmico, lo que implica un derroche energético en climatización que sale caro a los consumidores, a las comunidades y al medio ambiente. Aislar mejor los edificios será gastar menos combustible, con los consiguientes ahorro económico y reducción de emisiones. Por eso se recurre a la rehabilitación energética de edificios.

Pero, a pesar de sus ventajas, rehabilitar es algo difícil y costoso. Para ayudar a conseguir esa mejora en los inmuebles están las subvenciones para la rehabilitación energética.

El plazo máximo para solicitar las ayudas de rehabilitación energética es hasta el 31 de diciembre de 2023, y no hay un momento específico del año para hacerlo. Pero ten en cuenta que la ayuda dineraria sin contraprestación se paga una vez finalizada la obra de rehabilitación, y tras comprobar que se cumple con todos los requisitos. En caso de no disponer del capital que la obra prevé, se concede un préstamo que cubre el 100% de las obras. Este préstamos cuenta con un plazo máximo de amortización de 10 años. No se trata de un préstamo a interés 0.

Normativa aplicable

El sector de las políticas ambientales está más fuerte que nunca y las Administraciones se están implicando en él, desde Bruselas hasta el municipio más modesto. El objetivo es medioambiental y, técnicamente, de supervivencia: debemos tener ciudades más limpias y sostenibles para hoy y para el futuro. Pero también es una oportunidad de desarrollar un nuevo tipo de economía, basada en nuevos conceptos y con nuevas profesiones o especialidades.

La normativa que pretende hacer más verde nuestra vida es, pues, transversal. Y respecto a la rehabilitación energética de los edificios no falta legislación:

  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Establece las normas que debes seguir a la hora de rehabilitar tu edificio, con el objetivo de cubrir las exigencias de calidad: protección, seguridad, calidad y desarrollo sostenible. Además, es el texto que establece las obligaciones de eficiencia energética de tu edificio. En el Anejo I de esta ley encontrarás toda la documentación e información indispensable que el especialista debe incluir en el proyecto de rehabilitación.
  • Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, de certificación de eficiencia energética. Este texto aprueba el procedimiento básico para realizar este documento, así como las obligaciones de propietarios de edificios sobre este asunto. Te interesa conocer esta materia porque es documentación requerida en la solicitud, así como para asuntos de compraventa de inmuebles. En el Capítulo II encontrarás las condiciones técnicas y administrativas.
  • Resolución de 25 de septiembre de 2013, para el programa de ayudas para edificios existentes del sector residencial. Como la anterior, esta resolución se dedica a establecer las bases reguladoras y la convocatoria del programa de ayudas de rehabilitación energética, pero centrándose en viviendas y sector hotelero.
  • Resolución de 28 de abril de 2015, del IDAE, para el programa de ayudas para pyme y gran empresa industrial, en materia de eficiencia energética. Esta norma estable las bases reguladoras y la convocatoria del programa de ayudas de rehabilitación energética. Si deseas poner al día el nivel de eficiencia energética de tu fábrica, esta es la convocatoria que debes leer.
  • Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden TMA/178/2022, de 28 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la rehabilitación de edificios de titularidad pública y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Detalles sobre la rehabilitación energética

Existen muchos detalles y casos especiales que se nos podrían ocurrir a la hora de hacer la solicitud de rehabilitación energética. Veamos alguno:

  • Si eres propietario de varios edificios, puedes solicitar la ayuda para todos ellos, pero deberás hacerlo con solicitudes diferentes. Una para cada uno de los inmuebles.
  • No hay problema de que varios beneficiarios diferentes soliciten ayudas para el mismo edificio, siempre y cuando se destinen a objetivos distintos (no pueden ir varias ayudas a cubrir el mismo problema).
  • Si te planteas solicitar las ayudas del programa PAREER-CRECE y dudas sobre su compatibilidad con otras subvenciones, que sepas que son compatibles con las ayudas que no tengan su origen en fondos europeos: las de las comunidades autónomas, los planes estatales y las derivadas de los Presupuestos Generales del Estado.

Evidentemente, lo ideal es que consultes estas y otras dudas con un profesional, que podrá profundizar más en tu situación particular.

Cómo son las ayudas de rehabilitación energética

Todas las subvenciones consisten en una ayuda dineraria sin contraprestación, que se complementará con un préstamo reembolsable. La ayuda dineraria sin contraprestación está formada por una ayuda base, que dependerá del objetivo de la rehabilitación, más una ayuda adicional en función del uso del edificio. El préstamo reembolsable tiene un plazo máximo de amortización de 10 años.

Precio

300€ - 8900€

Nivel de dificultad

50%

Tiempo de realización

2 semanas

Tendrás que desplazarte

Hasta el Ayuntamiento

Profesional cualificado necesario

Gestoría y un Técnico cualificado obligatoriamente

Modos de tramitación

Online

Si no lo haces bien

No obtener la ayuda por entrega de documentación erronea o insuficiente. La solicitud de la ayuda debe incluir algunos trámites técnicos que tendrá que realizar un profesional cualificado

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