Licencia de apertura
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¿Cómo obtener la licencia municipal obligatoria en Gipuzkoa?
Una vez el proyecto esté elaborado, el siguiente paso es presentarlo ante el ayuntamiento correspondiente. Cada municipio tiene su propio procedimiento, pero en general se debe rellenar una solicitud y aportar la documentación necesaria, incluyendo los planos del local, la descripción de la actividad, y el cumplimiento de las ordenanzas municipales.
Dependiendo de la actividad y del municipio, el proceso puede seguir un régimen de declaración responsable o licencia previa. En el caso de la declaración responsable, el interesado firma un documento donde declara bajo su responsabilidad que cumple con todos los requisitos necesarios para abrir el negocio y que dispone de la documentación que así lo acredita, pudiendo iniciar la actividad de manera inmediata o en un plazo muy corto después de la notificación. Si es por licencia previa, no se podrá iniciar la actividad hasta no recibir la aprobación expresa del ayuntamiento.
Generalmente, una vez presentada toda la documentación y tras el pago de las tasas correspondientes, puede llevarse a cabo una inspección del local por parte de los técnicos municipales para verificar el cumplimiento de las normativas aplicables. Si todo está conforme, se otorgará la licencia de apertura, proceso que puede demorar varias semanas o meses, dependiendo del caso.
Además, es importante estar atento a posibles normativas sectoriales que pueden añadir requerimientos adicionales al proceso. Finalmente, una vez obtenida la licencia de apertura, esta debe de estar disponible y ser presentada en caso de que sea requerida por alguna autoridad competente.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.