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¿Cómo obtener la licencia de apertura en La Rioja?
El proceso comienza con la presentación de una solicitud ante el Ayuntamiento correspondiente. Junto a esta, se debe adjuntar el proyecto técnico de la actividad, elaborado por un profesional competente, que describa las características del local y cómo se ajusta a la normativa vigente. Este proyecto incluye planos, descripción de las obras a realizarse, sistemas de seguridad y cualquier otro dato relevante.
Luego, algunos municipios requieren que se realice una Declaración Responsable o una Comunicación Previa, un procedimiento más ágil que permite el inicio de la actividad mientras se realizan las verificaciones pertinentes. En otros casos, es necesario esperar la concesión de la licencia antes de poder operar.
Después de presentar la documentación, el Ayuntamiento realizará una inspección técnica del local para verificar que todo se ajusta a lo presentado en el proyecto. Si se cumplen los requisitos, se procederá a otorgar la Licencia de Apertura. Es importante recordar que mantener la licencia implica cumplir de forma continua con todos los requisitos y estar preparado para inspecciones periódicas.
Para finalizar, el registro de la Licencia de Apertura se lleva a cabo en el propio Ayuntamiento y queda vinculado al CIF/NIF del solicitante y al local concreto, no pudiendo trasladarse a otro lugar o traspasarse sin la correspondiente notificación y aprobación municipal.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en La Rioja?
Se han solicitado 69 presupuestos de licencia de apertura. El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 18150€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.
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