Hace poco hablábamos del procedimiento de la declaración responsable y de cuándo podemos optar a ella en lugar de a una licencia. Hoy nos centramos en la utilización de la declaración responsable para la ejecución de obras. ¿Qué tipo de obras permiten recurrir a la declaración responsable? ¿Cuándo necesitaremos una licencia de obras? ¿Qué documentación se pide?
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¿Qué es una declaración responsable para obras?
La declaración responsable de obras permite iniciar una obra sin la licencia de obras del Ayuntamiento, con la documentación mínima exigible y la firma de un técnico aceptando el tipo de actuación que se va a realizar.
Este formato agiliza el trabajo de los técnicos y simplifica los plazos ya que las obras se pueden empezar en el momento en el que se entrega la declaración responsable en el Ayuntamiento.
¿Qué tipo de obras están sujetas a una declaración responsable?
Se puede utilizar la declaración responsable de obra menor salvo que:
• Supongan la ampliación u obra de una nueva planta.
• Afecten a edificios catalogados o protegidos.
• Sea necesario la colocación de andamios o cualquier otro elemento en la vía pública.
En estos tres casos, se precisa licencia de obra concedida por el Ayuntamiento en el que se vaya a ejecutar la obra. El inconveniente es que las licencias de obra generalmente tardan meses en concederse.
¿Qué obras se consideran obras menores?
• Reformas en el interior de una vivienda; trabajos de reparación y rehabilitación de fachadas que no precisen andamios, y obras de poca entidad donde no se necesita dirección facultativa. Algunos ejemplos serían sustituir el alicatado de un baño o cocina, cambiar puertas o ventanas, pintar…
• Reparaciones y reformas que precisen dirección facultativa. Por ejemplo:
- Trabajos de revestimientos, pinturas y reparaciones en fachadas y patios que no afectan a elementos estructurales ni modifican las dimensiones de los huecos de la fachada y que son realizados en altura.
- Colocación de pavimentos, colocados sobre el existente (que supongan una sobrecarga para el forjado).
- Reparación o sustitución de las instalaciones de fontanería, saneamiento, electricidad, etc. que modifiquen su trazado o dimensiones, sin que se produzca la renovación total.
- Colocación de equipos de aire acondicionado.
- Aperturas de huecos en elementos paredes interiores.
- Reparación de la cubierta y sus elementos sin afectar a elementos estructurales, como puede ser cambio de tejas.
• Obras de reparación y reforma que afectan a la estructura, que requieren dirección facultativa y no necesitan la colocación de andamios en la vía pública.
¿Qué documentación técnica se adjunta a la Declaración Responsable?
Además de presentar la Declaración Responsable para ejecutar las obras, hay que presentar otra documentación, que depende de cada ayuntamiento. Generalmente consiste en:
1) En las reformas interiores en viviendas, trabajos de reparación y rehabilitación de fachadas (siempre que no se coloquen andamios), como no es necesaria la dirección facultativa:
• Modelo normalizado de declaración responsable del ayuntamiento correspondiente.
• Presupuesto de la obra.
• Justificante del pago de la tasa municipal correspondiente.
• Plano o croquis acotado.
2) Obras de reparación y reforma que requieran dirección facultativa y no afecten a la estructura.
• Modelo normalizado de declaración responsable del ayuntamiento correspondiente.
• Presupuesto de la obra.
• Justificante del pago de la tasa municipal correspondiente.
• Plano o croquis acotados en los que se defina el tipo de obra.
• Aceptación de la dirección de obra por parte del técnico.
• Estudio Básico de Seguridad y Salud Laboral.
• Memoria Descriptiva de las obras.
3) Obras de reparación y reforma, que necesitan dirección facultativa y afectan a la estructura.
• Modelo normalizado de declaración responsable del ayuntamiento correspondiente.
• Justificante del pago de la tasa municipal correspondiente.
• Proyecto básico y de ejecución, firmado por técnico competente.
• Aceptación de la dirección de obra por parte del técnico.
• Estudio Básico de Seguridad y Salud, según RD 1627/97, de 24.10.97, BOE nº 256, de 25.10.97.