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Raul Molina preguntó sobre Comunidad de propietarios
Rampa de garaje
Tenemos una urbanización de 75 chalet, dentro de esta comunidad existe una rampa unos garajes de solo 12 propietarios. En los estatutos no aparece una subcomunidad de estos 12 propietarios, tampoco aparece la rampa de estos garajes. La pregunta es: ¿La rampa y el garaje es de la comunidad de los 75 propietarios o solo de los 12 propietarios? Actualmente se ha roto una tuberia que transcurre por la rampa y los 75 propietarios, estan reclamando que lo page la subcomunidad de 12 propietarios. En caso de que el garaje y la rampa, fueran de la comunidad de 75 propietarios, se podría usar los garajes por cualquier propietario? Gracias.
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La situación que describes, relacionada con la propiedad y el mantenimiento de la rampa de acceso a unos garajes en una comunidad de propietarios, puede ser compleja y depende de varios factores legales y documentales. Aquí te explico cómo determinar la titularidad y responsabilidad de la rampa y los garajes, así como las implicaciones que esto tiene en el uso y mantenimiento. 1. Análisis de la Propiedad y Documentación Estatutos de la Comunidad: Lo primero que se debe revisar son los estatutos de la comunidad de propietarios. Aunque mencionas que no aparece una subcomunidad de los 12 propietarios ni la rampa en los estatutos, es crucial examinar detenidamente todos los documentos, incluyendo la escritura de constitución de la comunidad y los planos originales del desarrollo inmobiliario. Estos documentos pueden aclarar si la rampa y los garajes son elementos comunes o si están asociados exclusivamente a los 12 propietarios. Título Constitutivo: El título constitutivo de la comunidad debería especificar la propiedad y el uso de las diferentes partes del complejo, incluyendo los elementos comunes y los privativos. Si la rampa no está explícitamente asignada a los 12 propietarios, es posible que se considere parte de los elementos comunes. Planes Registrales: Revisar los planos registrados en el Registro de la Propiedad también puede ayudar a determinar la propiedad de la rampa y los garajes. Estos documentos suelen mostrar claramente la delimitación de los elementos comunes y privativos. 2. Propiedad de la Rampa y Garajes Si la Rampa y Garajes son Elementos Comunes: Uso Exclusivo: En algunas comunidades, ciertos elementos comunes pueden estar destinados al uso exclusivo de un grupo de propietarios. Sin embargo, esto debe estar claramente especificado en los estatutos o el título constitutivo. Si la rampa es un elemento común pero su uso está restringido a los 12 propietarios, estos serían responsables de su mantenimiento. Acceso para Todos los Propietarios: Si la rampa y los garajes son considerados elementos comunes sin restricción de uso, entonces todos los propietarios (los 75) tendrían derecho a utilizar los garajes. Esto, sin embargo, es poco común y normalmente los garajes están asignados a propietarios específicos. Si la Rampa y Garajes son Exclusivos de los 12 Propietarios: Mantenimiento: Si se determina que la rampa y los garajes son de uso exclusivo de los 12 propietarios, entonces estos serían responsables de todos los costos de mantenimiento, incluyendo la reparación de la tubería dañada. No Uso por Otros Propietarios: En este caso, los garajes y la rampa no pueden ser utilizados por los otros 63 propietarios, ya que son de propiedad exclusiva de los 12. 3. Responsabilidad de la Reparación de la Tubería Propiedad de la Tubería: Determinar quién es responsable de la tubería es crucial. Si la tubería es parte de una instalación común que sirve a toda la comunidad, es probable que los 75 propietarios sean responsables de su reparación. Sin embargo, si la tubería solo sirve a los 12 propietarios que utilizan la rampa y los garajes, la responsabilidad recaería sobre ellos. Normativa y Jurisprudencia: En casos donde la propiedad o responsabilidad no está claramente definida, la normativa de propiedad horizontal y la jurisprudencia podrían requerir que los costos se repartan entre todos los propietarios si la rampa y los garajes son considerados elementos comunes. 4. Recomendaciones y Pasos a Seguir Consultar a un Abogado Especializado: Dado que la situación no es clara, te recomiendo consultar a un abogado especializado en derecho de propiedad horizontal. Ellos podrán revisar toda la documentación y determinar la propiedad y responsabilidades con precisión. Junta Extraordinaria: Convocar una junta extraordinaria de la comunidad para discutir y decidir sobre la propiedad y mantenimiento de la rampa y garajes podría ser una buena idea. En esta junta, se podría acordar quién se hace cargo de las reparaciones y si es necesario modificar los estatutos o el título constitutivo para reflejar mejor la realidad de la propiedad. Posible Revisión del Título Constitutivo: Si se encuentra que la propiedad no está claramente definida, podría ser necesario revisar y actualizar el título constitutivo de la comunidad para evitar futuros conflictos. Conclusión La propiedad y responsabilidad de la rampa y garajes depende de cómo estén descritos en los estatutos y el título constitutivo de la comunidad. Si estos documentos no son claros o no mencionan específicamente la rampa y los garajes, puede ser necesario un análisis más profundo de la situación, incluyendo una posible revisión legal. ¿Cómo Podemos Ayudarte? Podemos ofrecerte asesoramiento legal y análisis documental para aclarar la propiedad de la rampa y garajes, y determinar quién es responsable de los costos de mantenimiento. Si es necesario, también podemos ayudarte a convocar una junta extraordinaria y a gestionar cualquier modificación en los estatutos de la comunidad.Tambien si es necesario hacemos un informe tecnico para valoracion Si tienes más preguntas o necesitas iniciar alguna acción, no dudes en contactarnos. ¡Estamos aquí para ayudarte a resolver este asunto de manera justa y legalmente correcta!...
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Jorge preguntó sobre Inmobiliario
¿Me puede la comunidad de vecinos obligar a cerrar mi balcón?
Algunos propietarios de mi comunidad están interesados en cerrar sus balcones. El Ayuntamiento de nuestra localidad tiene una ordenanza donde se establece que o todos o nadie. Por lo visto, cada propietario no puede elegir, aunque tenga la aprobación del resto. Es decir, a mí me da igual que el vecino cierre su balcón, pero que a mí no me obligue a nada. Por lo tanto, ¿me pueden obligar a cerrar el balcón? Muchas gracias de antemano,
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Pedro Mª Rodriguez preguntó sobre Comunidad de propietarios
¿se puede impugnar un acta comunitariamente o tiene que ser individualmente?
Buenas. Queremos impugnar un acta de una mancomunidad que se quiere formar. Nuestro portal no quiere formarla porque ya tenemos nuestro cif y tenemos otro cif de garajes.
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Se puede impugnar, dentro de plazo que marque la Ley de Propiedad Horizontal, desde el acuerdo de la Junta. Creo que son 30 días. Consultar a un administrador de fincas....
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Olga preguntó sobre Comunidad de propietarios
Terraza comunitaria con uso privativo
Hola. Vivo en el bajo de un edificio de 3 pisos, en mi patio tengo unas escaleras que suben a una pequeña terracita, para tender y poco más. La terracita es el techo de mi cocina, pero da al piso del primero donde tienen dos ventanas. La propietaria anterior a mi les dejaba salir por la ventana para tender. Por malas actitudes de estos vecinos, les he prohibido el paso y no lo aceptan. La cuestión es que no está en mis escrituras la terracita, pero al ser mi techo y sólo yo tener acceso por las escaleras, el Notario me ha dicho que es comunitaria , pero el uso y disfrute lo tengo yo. Mi vecino no lo acepta y me dice que también es suyo, cuando el tiene que salir por la ventana y saltar una valla para entrar, y en sus escrituras no se contempla ningún derecho de la terracita. Si yo quisiera tirar mi cocina y quedarme con el patio más grande, el se queda con sus ventanas y punto. ¿Qué puedo hacer si no quiere escucharme?
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Estimada Olga, Éste es un típico caso en los que hay que estudiar toda la normativa correspondiente y conocer la historia del edificio desde que se proyectó hasta la actualidad, porque en base a ese elemento que sobresale en el patio gira todo el caso. No se puede ceñir a una respuesta sin visitar el lugar. Muchos éxitos,...
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Carmen preguntó sobre Comunidad de propietarios
Duda sobre patio de luces cerrado
Buenos días, en nuestro edificio hay un patio de luces, cuyo dueño lo techó hace 50 años, formando parte de su local. Nunca se ha hecho nada contra ellos. Ahora quieren convertir ese local en dos viviendas y nos preguntamos si tienen derecho a usar ese patio de luces como parte de estas nuevas viviendas, o si tiene que formar parte de la comunidad como espacio común. ¿Se puede hacer algo ahora? ¿Denunciar a urbanismo?
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Buenas días Carmen, un patio de vecinos es un elemento común y por ende no deberia ser ocupado por nadie. Distinto es el planteamiento en cuanto a que la comunidad puede ejercer alguna acción legal, ya después de 50 años permitiendolo, el propietario podria oponerse a restituirlo por considerar que tiene una autorización tácita por parte de la comunidad. La acción civil, prescribe a los 6 años de realizar la obra ilegal, y si durante ese tiempo no se realizo notificación alguna, se podría considerar que no se interrumpio la prescripción y por lo tanto de forma tácita se le concedió autorización. Este asunto se tendría que valorar con mas detenimiento y con las actas de comunidad por delante. En referencia a la segunda consulta, de querer realizar la conversión de un local en dos apartamentos y hacer uso de ese patio, habría que conocer que uso pretende darle al propio patio. La conversión de los locales a vivienda se pueden realizar sin autorización de la comunidad, salvo en aquellos caso que se pretenda modificar o alterar un elemento común (por ejemplo abrir una puerta por el propio portal de la comunidad), aunque en cualquier caso se necesita de una licencia de obras por parte del ayuntamiento, que es quien debe comprobar si estas nuevas viviendas cumplen los requisitos minimos legales exigibles (superficie minima util, superficie minima de luz y ventilación, viabilidad urbanistica, etc.). Teniendo en cuenta lo anterior, si el propietario del local pretende incluir el patio como espacio habitable las nuevas viviendas, aunque este este techado desde hace 50 años, se podría encontrar con el problema de que las superficies de su escritura de propiedad no sean coincidentes con las que pretende declarar en el proyecto de conversión, por lo que el ayuntamiento podría denegar la autorización administrativa (licencia) y por lo tanto no podria realizar la obra. Espero que le sirva de ayuda y si necesita ampliar mas información o considera necesario iniciar alguna actuación adicional, no dude en ponerse en contacto conmigo. Un saludo ...
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Maite Alvarez preguntó sobre Comunidad de propietarios
Problemas con el riego de jardinera
Hola, vivo en un piso alto de una comunidad y el primer piso de esta comunidad tiene un patio exterior con la longitud de todos los pisos construidos en altura. Tiene este patio dos sumideros para recogida de aguas de jardineras y de los lavaderos, por su puesto es de la comunidad y tienen el uso y disfrute. Pues bien cada vez que le cae agua de la jardinera llama a los municipales, que acuden inmediatamente y con muy malas formas me advierten que de denunciarán y las ordenanzas municipales no dicen nada de jardinera, sí de balcones y macetas. Este es el problema, que me pueden contar.
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Alberto preguntó sobre Comunidad de propietarios
¿Puede acceder la comunidad a una terraza por una ventana?
Hola, vivimos en un último piso de un edificio y hay una terraza. Disponemos del usufructo ya que se accede por una puerta directa de nuestra propiedad pero también hay una ventana desde las escaleras que da acceso a la terraza. ¿Puede acceder directamente la comunidad por esa ventana? O al ser una ventana no pueden pasar (aunque sea grande) y necesitan pasar por dentro del piso para entrar por la puerta? Muchas gracias
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Angel preguntó sobre Comunidad de propietarios
Cortar un árbol en una urbanización privada
Hola, por la inclinación, se plantea cortar árboles de mas de 15 años sin permiso del ayuntamiento (Madrid). ¿Se puede hacer?
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No, no se puede tocar los árboles. Que vaya alguien que entienda de medio ambiente o zonas verdes. No dejéis cortar, que piensen en enderezar cortando las ramas que tiran para arriba y ver los laterales para enderezar....
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Jaume Rasquí Llorca preguntó sobre Comunidad de propietarios
¿Qué profesional valora el estado de salud de unos pinos (11) en una urbanización?
Hola, estamos hablando de unos 11 pinos, situados en una urbanización en Portinatx (Ibiza). Una parte de la urbanización quiere talarlos y la otra podarlos y recortarlos. Creemos que en los tiempos que corren es una salvajada ecológica talarlos y queremos salvarlos siempre que no estén enfermos o presenten un peligro real.
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Por supuesto que una salvajada, id al ayuntamiento y que lo vea el encargado de este asunto que será urbanismo o jardines o un grupo municipal de los verdes y os aconsejará....
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Mercedes preguntó sobre Comunidad de propietarios
Escombros patio del vecino
Hola, vivo en una caja y el vecino tiene un patio grande lleno de escombros. ¿Puedo interponer una demanda para que los retire?
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Margarita Rodríguez Pérez preguntó sobre Comunidad de propietarios
Comunidad de propietarios
Hola. ¿Es posible denunciar a una persona que vive a la vuelta de mi calle y su casa no tiene que ver nada con el patio de luces del edificio? Éste tiró dentro de su casa una pared para hacerse con el patio de luces. Somos 6 vecinos y tenemos un patio de luces y antes cada uno teníamos una llave para bajar al patio de luces, por si se nos caía alguna prenda de nuestros tendederos. Los señores que se han quedado con nuestro patio de luces viven en una casa baja a la vuelta de nuestra calle. Tiraron una pared de su vivienda haciéndose una puerta y cambiando la cerradura de nuestra puerta del patio, ¿se les puede denunciar?
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B.B.A preguntó sobre Comunidad de propietarios
Instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos
Hola, buenas tardes. Iniciamos los requisitos para el montaje de un ascensor en mi comunidad, se le encarga el proyecto a una empresa y su arquitecto presentó un proyecto al ayuntamiento y éste le pide unas aclaraciones. Pasa el tiempo (como tres meses) y le entrega a la comunidad el nuevo proyecto incluyendo las aclaraciones que pide el ayuntamiento pero la comunidad no puede presentar el proyecto porque le dice que lo tiene que presentar el arquitecto que realiza dicho proyecto. El arquitecto ha desaparecido y la comunidad hace tres años que no sabemos cómo resolver este problema. ¿Que nos puede aconsejar? Gracias
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Amaya preguntó sobre Comunidad de propietarios
Pagar puesta de ascensor por parte de los bajos
Buenas tardes. En mi comunidad, compuesta por tres portales y 21 vecinos (más varios bajos entre los que hay un comercio y alguno utilizado como garaje), vamos a instalar ascensores. Se hizo una reunión extraordinaria durante el año (las reuniones ordinarias se hacen en agosto que es cuando están la mayoría de propietarios) y se hizo una votación con los presentes (faltaba gente) y por mayoría salió que los bajos no pagasen la derrama del ascensor. ¿Se puede hacer algo al respecto? Varias personas de la que no estuvieron en esa reunión extraordinaria no están de acuerdo. Aparte, el que éstos no paguen supone un mayor desembolso por parte del resto de vecinos (sólo uno de los bajos tiene un 14% de coeficiente, así que eso supondría un pago mucho menor para todos). Muchas gracias por su atención.
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Hola, buenas tardes, Es totalmente impugnable. Para ese tipo de decisiones (es decir, saltarse los coeficientes de participación a la torera) se necesita 66% de positivos en la votación y con un 75% de los propietarios votando. No sirve con mayoría simple, se requiere mayoría cualificada (como poco, y aún así seguro que es impugnable en juzgado). Que no estén en la reunión no les niega el derecho a voto, se puede votar otro día, es más, lo normal es convocar una reunión para informar del tema y luego otra unos días (o semanas) más tarde para votar habiendo pensado lo que se quiere hacer. Por esa misma regla, supongo que los bajos pagan menos cuota de comunidad permanentemente porque no usan la escalera (ni el futuro ascensor), dando igual su 14% de coeficiente. De hecho, hay que recordarles que lo que pagan de ascensor y escalera es lo que tienen ellos en forma de patio, si lo tienen, y por el lujo de entrar sin subir escaleras, etc. ...
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Maria preguntó sobre Comunidad de propietarios
Pagos comunidad de propietarios
Buenas, mi piso tiene pocos más metros útiles que el ático que tengo encima, sin embargo, yo pago 80 euros de comunidad y el ático 14 , ¿es posible?. Es un edificio que tiene 35 años aproximadamente, nosotros llevamos 1 año y nos dijeron que se pagaba la comunidad en función de los metros cuadrados pero al ver la estimación de las cuotas del próximo año y me fijo en la de algunos vecinos y es cuando no entiendo una diferencia tan grande.
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juan preguntó sobre Venta de inmuebles
Certificado vivienda
Hola, necesito saber cuál es el precio de un certificado técnico para registrar una vivienda que en el registro consta como "en construcción" ya que el promotor constructor no lo indicó hace 35 años que la compré.
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Cristina Quinto preguntó sobre Comunidad de propietarios
Hola...tengo un comercio, y mi madre, mi hermana y yo somos propietarias...quieren poner ascensor y la finca tiene aproximadamente 50años, ¿estamos obligadas a colaborar en el pago? No hacemos uso de la escalera absolutamente para nada , y aunque haga que se revaloriza la finca nunca le servirá a mi bajo para que valga más.
Hola, tengo un comercio y mi madre, mi hermana y yo somos propietarias. Quieren poner ascensor y la finca tiene aproximadamente 50 años. ¿Estamos obligadas a colaborar en el pago? No hacemos uso de la escalera absolutamente para nada y, aunque haga que se revalorice la finca, nunca le servirá a mi bajo para que valga más. ¿Tengo que tener copia de los estatutos?
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José Antonio preguntó sobre Comunidad de propietarios
Obras en vivienda adosada
Un vecino de una comunidad de vecinos de casas adosadas ha realizado unas obra de arreglo de una bajante que transcurre por la pared de separación entre dos viviendas. Como era presidente de la comunidad y era en época de Covid, lo ha cargado a la comunidad, alegando que esa bajante además de sus aguas fecales, recoge también las aguas pluviales de la zona del tejado de su vivienda que lo hace a través de limas. Entiendo que tanto el tejado como la lima es comunitario, pero creo que en el momento que la conducción entra dentro del espacio de su vivienda, el gasto corresponde al propietario de la vivienda por donde transcurre la bajante. Desearía que me ratificaran o me rectificaran mi idea, y si llevo razón me gustaría en que leyes puedo basarme. Gracias
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Jacinto preguntó sobre Comunidad de propietarios
¿Puede un alta nueva en el edificio obligarnos a cambiar toda la instalación de contadores?
Tengo un local en un edificio de tres viviendas. Dos de las viviendas y mi local tenemos suministro. Ahora la otra vivienda después de años quiere dar de alta el suministro pero le exigen unos cambios que afectan a todos. Ellos dicen que tenemos que pagarlos entre todos. ¿Es eso cierto?
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Maria preguntó sobre Comunidad de propietarios
Placas solares en terraza de atico
Quería saber si es posible poner placas solares en mi terraza del ático de uso privativo sin permiso de la comunidad. Tenía permiso para el tejado, pero el técnico me dijo que era mejor ponerlas en la terraza en una estructura que no va atornillada al suelo, porque el tejado es de tejas y es viejo. Se lo dije al presidente y no me contestó al cambio. A los 2 meses de ponerlas un vecino no está de acuerdo y ahora me dicen que tengo que quitarlas. No ha habido ninguna reunión de la comunidad ni antes ni después, la gestión ha sido toda por Whatsapp porque dice que no se suelen reunir.
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Fernando preguntó sobre Comunidad de propietarios
Pérgola en jardín de un adosado de uso privativo
Buenas noches. Vivo en un adosado el cual tiene un jardín de uso privativo y un solarium en la planta superior. En la reunión de vecinos se nos ha denegado poner una pérgola en el solarium porque afecta a la estética de la fachada , lo mismo ha ocurrido con la del jardín. Al ser este ultimo de uso privativo, ¿tengo que someterme también a lo que decida la comunidad de vecinos ? Muchas gracias
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