2 respuestas
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Eduardo respondió: Profesional de Certicalia
Para ofertar un inmueble tanto en venta como en alquiler debe tener un certificado energético. Si no es así ha incumplido la ley. Eso puede servir para retractarse de la fianza y solicitar la devolución por incumplir la ley. O bien puede servir adelante con la compra y aportar él certificado a la firma.
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Pedro Tiago respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días,
En teoría, ya se debería tener el Certificado, puesto que es obligatorio para cuando se pretende vender o alquilar, no cuando ya este firmada la transacción. Como no ha sido así, el Certificado se puede aportar perfectamente después del contrato de arras, es decir, se aportará en el momento de la firma definitiva de la venta sin tener que abonar sanción alguna por no tenerlo en el momento de la firma del contrato de arras.