2 respuestas
-
Guillermo Pablo respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días. La forma para hacer un cambio de titularidad es vender ó donar. Para la venta tendrá que pagar impuesto de transmisiones patrimoniales (sobre el 7%), que los paga el comprador (su hija) y para la donación tendrá que pagar el Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones, que también los paga su hija. Independientemente, si realiza una Donación Vd. tendrá que declarar el año próximo un Incremento patrimonial en el IRP, por la diferencia entre el precio de compra del local y el valor dado en la Donación.
Además, si opta por la Donación, tenga en cuenta los derechos de sus otros herederos (hijas), que no se vean lesionados.
Un saludo. -
Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Si puede. Tendrá el coste de la escritura de donación y de impuesto de donaciones, en función del valor fiscal del local.