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David respondió: Profesional de Certicalia
Primero tendría que ser autorizable el uso comercial según calificación urbanística, y no estar incurso la edificación originaria en régimen de fuera de ordenación. Después, tendría que cumplir, con un proyecto que lo justificase, todo el CTE (por existir cambio de uso); RITE, REBT... y normativas sectoriales derivadas del tipo de negocio que correspondiese.