4 respuestas
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David respondió: Profesional de Certicalia
Hola, María. Las viviendas construidas antes del año 1984 no tienen cédula de habitabiildad, ya que la normativa apareció a partir de este año. En estos casos, cuando se tiene que vender o alquiler el inmueble se solicita la cédula de habitabilidad correspondiente. Y cuanto a la duda d.e las lindes, la normativa de habitabilidad sólo afecta al interior de los inmuebles, por lo que no me preocuparia por el no cumplimiento de las lindes. Un saludo. David
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Ruben respondió: Profesional de Certicalia
Buenos dias, Maria.
Con la información que nos has proporcionado y sin conocer mas detalles (como la antiguedad del edificio, si se construyó con la licència de obra concedida, etc...), te puedo decir lo siguiente:
Si la casa consta escriturada como vivienda, al Catastro también consta como tal y no existe ningún impedimento legal con la misma, en teoría se puede disponer de la cédula, siempre que cumpla con los parámetros mínimos de habitabilidad. -
Jose Mª respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días.
Puede ser que la casa esté afectada urbanísticamente hablando,
Antes de adquirirla, solicite al servicio técnico del Ayuntamiento un informe de validación urbanística.
De todas formas es muy poco provable que no se pueda obtener una cedula por ese motivo. Si que es posible que la Generalitat pida un informe de que la vivienda este cumpliendo normativa, pero en todo caso, la vivienda estará afectada y no podrá hacer ampliaciones, pero si reformas.
Solicite el informe al Ayuntamiento y posteriormente solicite la cedula. No es un trámite costoso y se asegurará de la compra de la vivienda.
Si lo desea, podemos hacerle el tramite.
Saludos
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Xavier respondió: Profesional de Certicalia
Hola María,
Sil casa está escriturada y dada de alta en el registro, se ha de inspeccionar para ver si cumple habitabilidad en cuanto a normativa: superficie de las piezas que la componen, ventilación de las mismas, estado de cocina y baño, y así.
Si no cumplió con la distancia mínima en su momento pero el notario la pudo escriturar, este tema no te ha de preocupar. Solo en el caso que después se hayan hecho o se pretendan hacer ampliaciones y así.
Seguramente no se pediría la cédula en su momento porqué hace años se exigía mucho menos que ahora.
Un saludo