Cédula habitabilidad

Hola,
Queremos comprar un piso a través de inmobiliaria y nos dicen que la cédula de habitabilidad está caducada y que la tenemos q sacar nosotros previa a una reforma. El piso en question es un 2° de un edificio de 14 plantas, por lo tanto en algún momento la ha tenido. Nos cuenta la inmobiliaria que tenemos: reformar cocina, cambiar alicatado y ventanas de todo el piso para conseguirla.
La pregunta es: tenemos q tramitarla nosotros, o deberían hacerlo ellos/vendedor? Podemos pedir hipoteca sin la cédula para comprar el piso? Han de tener el certificado energético para poder vender el piso?
La verdad es q nos estamos sintiendo un poco engañados y presionados x la inmobiliaria.
Esperamos su pronta respuesta.
Muchas gracias

Jordi Nieto preguntó sobre Venta de inmuebles Pregunta desde: Barcelona

Fecha: 07/03/2018

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1 respuestas

  • Antoni respondió: Profesional de Certicalia

    Buenas tardes,
    El vendedor es quien tiene la responsabilidad de disponer de cédula de habitabilidad y certificado de eficiencia energética para poder proceder a la venta. Es más, para poder publicitar el piso debe de hacerse mostrando la califación de eficiencia energética, si no se hace puede ser sancionado el vendedor y la inmobiliaria.
    Si no se dispone de ambas cosas el notario no escriturará la venta.
    Hay algún caso en que el notario permite escriturar sin disponer de la cédula, y se traspasa la responsabilidad al comprador, pero es mejor que os lo expliquen en la notaría .
    Aunque se tengan que hacer reformas os recomiendo que exigais dichos documentos.
    Solo se está exento del certificado cuando se deban hacer reformas importantes.
    ¿Que se entiende por reformas importantes?
    a) Renovación de más del 25% del total de la envolvente del edificio.
    b) Renovación de la totalidad de las instalaciones térmicas.
    c) Cambio del tipo de combustible.
    Si un edificio puede quedar exento de la certificación energética porqué el comprador prevee realizar reformas importantes, el comprador deberá librar al venedor un documento de declaración responsable acreditando que dichas reformas se finalizaran en un plazo menor de 1 año a partir de la fecha del contrato de venta o alquiler.
    El cambio de las ventanas y alicatado de la cocina no son reformas importantes, pero si se cambia la caldera mixta de gas y no hay más sí que se considera una reforma importante (punto b) o por ejemplo se pasa de gasoil a gas (punto c).
    Espero haber resultado de ayuda.
    Un saludo,

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