2 respuestas
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Raul respondió: Profesional de Certicalia
Hola Juan,
Depende de el alcance de la reforma que requiera. Si la reforma afecta a la envolvente del edificio y sus condiciones térmicas o si es una reforma interior sin alterar la envolvente lo suficiente como para que se pueda considerar su exclusión.
En el artículo 3 del Real Decreto 390/2021, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, tienes las condiciones para la exclusión de esta obligación.
En el caso de que cumpla las condiciones para quedar excluido, para hacer efectiva la exclusión, el propietario deberá realizar una declaración responsable ante el órgano competente de la comunidad autónoma en materia de certificación energética de edificios.
Un saludo. -
Javier respondió: Profesional de Certicalia