3 respuestas
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Rebeca respondió: Particular
Hola,
He intentado tramitar un certificado de habitabilidad pero no estoy segura de qué modelo elegir, y qué tengo que rellenar exactamente. Hay una parte técnica que no sé si he de completarla yo o necesito llamar a un profesional.
¿Alguien que arroje luz?
Gracias -
Rafael Óscar respondió: Profesional de Certicalia
Es legal y normativa estatal, pasados 10 años tras la obtención de la 1a ocupación, y en caso de cambio de propietario es obligatorio la obtención de la Licencia de 2a ocupación, que te exigirá la compañía suministradora para el cambio de titular.
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Juan respondió: Profesional de Certicalia
Juan, la ley te dice que al comprar una vivienda, tienes que cambiar el nombre del contrato de los suministros agua, gas, electricidad... lo que pasa es que en electricidad en Alicante Iberdrola no te pone pegas para cambiar el contrato, aunque legalmente te tendría que pedir cédula y certificado eléctrico. Pero Aguas de Alicante, si te pide cédula de habitabilidad para cambiar de nombre el contrato, aunque seguirás teniendo agua pero si está domiciliada la factura le llegará al anterior propietario, y para cambiar el número de cuenta te pedirá la firma y el dni del anterior propietario.
Así que si vas has comprado la vivienda y piensas vivir tiempo en ella lo mejor es que cambies el contrato y realices la licencia de segunda ocupacion, el problema es que el Ayuntamiento de Alicante te cobra de tasas únicamente 79 euros, un robo, para darte la licencia.