5 respuestas
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Francisco respondió: Profesional de Certicalia
El 18 de octubre de 2022 el gobierno amplió 1 año más la vigencia de las deducciones en IRPF por obras de eficiencia energética en viviendas aprobadas por Real Decreto-ley 19/2021, de 6 de octubre y recogidas en la Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación de edificios en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del MITECO.
Para la deducción por obras de eficiencia energética deben las obras ser acreditadas mediante certificado de eficiencia energética expedido por el técnico competente después de la realización de las obras, respecto del expedido antes del inicio de las mismas. Serán válidos los certificados expedidos antes del inicio de las obras siempre que no hubieran transcurrido 2 años o más entre la fecha de su expedición y la del inicio de éstas.
Además, es necesario que el certificado previo tendrá que haber sido registrado en el registro competente antes del inicio de las obras de mejora energética y un segundo certificado que tiene que recoger las mejoras objeto de la solicitud de ayuda/deducción. También el segundo certificado tendrá que estar debidamente registrado posteriormente a la finalización de la obra de mejora energética.
Todo ello se registra con firma digital en el registro competente. -
JESUS GARCIA respondió: Particular
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Jose Mª respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días.
En teoría la fecha de emisión no es relevante, ya que el técnico lo que hace es un informe certificando como esta la vivienda antes de colocar los elementos susceptibles de desgravar. -
Diego respondió: Profesional de Certicalia
Se pueden redactar dos certificados comparativos con las condiciones antes de las instalación fotovoltaica y después de la instalación para verificar las mejoras energéticas
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Antonio J respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Aurora,
Encontrarás profesionales que te dirán que si y profesionales que te dirán que no. La clave de la cuestión es en caso de inspección de Hacienda, ¿son válidos?. Bajo mi punto de vista, para deducciones de IRPF hacienda solicita el certificado energético con fecha anterior a la legalización de la instalación fotovoltaica. Y cuando registramos un certificado energético (por mucho que expliquemos en observaciones que refleja el estado anterior de la vivienda), la fecha no es posible modificarla y tomará fecha del día en que se realice el registro.
Yo te recomiendo que hagas una consulta a Hacienda y tomes tu propia decisión. O quien te asegure que si, te explique porqué si y como justificarlo en caso de inspección.
Un saludo.
Antonio.