2 respuestas
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Carlos respondió: Profesional de Certicalia
No, entiendo que la biomasa es una alternativa a la energia solar térmica.
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Rafael Óscar respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes, en respuesta a tu pregunta te diré:
Según el apartado 4 del punto 2.2.1 del Documento Básico HE4 del CTE, la contribución solar mínima para ACS podrá sustituirse parcial o totalmente mediante una instalación alternativa de otras energías renovables, procesos de cogeneración o fuentes de energía residuales procedentes de la instalación de recuperadores de calor ajenos a la propia instalación térmica del edificio; bien realizada en el propio edificio o bien a través de la conexión a una red de climatización urbana.
En el apéndice A de terminología de la sección HE0 se recoge la definición de energía procedente de fuentes renovables como aquella que incluye “la energía procedente de fuentes renovables no fósiles, es decir, energía eólica, solar, aerotérmica, geotérmica, hidrotérmica y oceánica, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración y biogás”. Dicha definición reproduce la de la directiva Directiva 2009/28/CE.
Por tanto, colocando una caldera de biomasa para la producción de ACS y calefacción, no sería obligatorio el uso de placas solares térmicas.
Otra cosa es que sea recomendable, sobretodo si técnicamente es fácil de ubicar el equipo, es una buena opción para el ahorro de energía.