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Steven respondió: Profesional de Certicalia
Para la deducción en Hacienda por obras de mejora energética (independientemente de la deducción a aplicar) es necesario que tanto el certificado energético previo como el posterior estén registrado en organismo oficial de comunidad autónoma. Cito textualmente del BOE Ley 35/2006, de 28 de noviembre, con las últimas disposiciones que incluyen estas deducciones: "Disposición adicional quincuagésima. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas............. 5. Los certificados de eficiencia energética previstos en los apartados anteriores deberán haber sido expedidos y registrados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios".