3 respuestas
-
Marta Isabel respondió: Profesional de Certicalia
El precio aproximado está entre 400 € y 800€Hola Pedro. Tal y como comenta, la superficie de la parcela industrial debería tener 500 m2 menos.
- Lo que debería realizarse es un expediente de rectificación de superficie por defecto de cabida que se tramitará si la superficie real de la parcela es menor de la que figura inscrita en el Registro de la Propiedad. Se tramita en el Registro de la Propiedad donde pertenece la finca en cuestión.
- Si la diferencia de cabida no excede del 10% de la superficie inscrita, se procederá conforme al artículo 201.3 de la Ley Hipotecaria.
- Si la superficie de la finca excede el 10% de la superficie inscrita, habrá que recurrir a un procedimiento regulado en el artículo 199 y artículo 201.1 que a su vez se tramitará siguiendo las reglas prevenidas en el artículo 203.
- La subsanación de discrepancias de la superficie catastral se realizará por la aplicación del artículo 18.2 de Procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación de la Ley del Catastro Inmobiliario.
- Si existieran dudas sobre la descripción de la parcela se le podrá solicitar las coordenadas georreferenciadas de la finca para no albergar dudas sobre la misma. -
Marta Isabel respondió: Profesional de Certicalia
El precio aproximado está entre 400 € y 800€Hola Pedro. Tal y como comenta, la superficie de la parcela industrial debería tener 500 m2 menos.
- Lo que debería realizarse es un expediente de rectificación de superficie por defecto de cabida que se tramitará si la superficie real de la parcela es menor de la que figura inscrita en el Registro de la Propiedad. Se tramita en el Registro de la Propiedad donde pertenece la finca en cuestión.
- Si la diferencia de cabida no excede del 10% de la superficie inscrita, se procederá conforme al artículo 201.3 de la Ley Hipotecaria.
- Si la superficie de la finca excede el 10% de la superficie inscrita, habrá que recurrir a un procedimiento regulado en el artículo 199 y artículo 201.1 que a su vez se tramitará siguiendo las reglas prevenidas en el artículo 203.
- La subsanación de discrepancias de la superficie catastral se realizará por la aplicación del artículo 18.2 de Procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación de la Ley del Catastro Inmobiliario.
- Si existieran dudas sobre la descripción de la parcela se le podrá solicitar las coordenadas georreferenciadas de la finca para no albergar dudas sobre la misma.
Un saludo. -
Marta Isabel respondió: Profesional de Certicalia
El precio aproximado está entre 500 € y 900€Hola Pedro. Tal y como comenta, si la parcela está mal delimitada y por este motivo se le ha adjudicado una superficie errónea, en este caso, 500 m2 de más, lo que debería hacerse es un expediente de rectificación de superficie por defecto de cabida. Se tramita en el Registro de la Propiedad donde pertenece la finca en cuestión. Será ahí donde le hagan saber la documentación que es necesaria para tramitar dicho expediente. Pueden darse dos casos:
1) Si la diferencia de cabida no excede del diez por ciento de la superficie inscrita, se procederá conforme al artículo 201.3 de la Ley Hipotecaria.
2)Si la superficie de la finca excede el 10% habrá que recurrir a un procedimiento regulado en el artículo 199 y artículo 201.1 de la L.H. que a su vez se regulará por el artículo 203.
El Registrador de la Propiedad le podrá solicitar las coordenadas georreferenciadas de los vértices de la finca para no albergar dudas sobre la misma. Esto lo podrá obtener mediante un levantamiento topográfico realizado por un Ingeniero Técnico en Topografía.
Reciba un cordial saludo,
Marta