1 respuestas
-
Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Es algo más complejo, pero a modo de resumen decirle que esto debe especificarse en la escritura del inmueble. Generalmente son privativas. Algunas aparecen como "comunitarias de uso privativo" es decir, que realmente solo la puede utilizar el usuario/propietario de la vivienda pero en caso de alguna incidencia, rotura de suelo, etc., debería asumirlo la comunidad.
Saludos.