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Dionisio respondió: Profesional de Certicalia
Buenos Días, Sandra. En nuestro país un terreno únicamente puede ser expropiado justificadamente por motivo de interés social, ó para la realización de una obra calificada de interés publico: autopistas, lineas ferroviarias, viviendas de protección pública ó centros educativos, etc.
La expropiación nunca se realiza por el paso de tiempo.
Confío haber aclarado su duda.
Dionisio Pequeño Vega