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David respondió: Profesional de Certicalia
Los edificios en suelo no urbanizable se regulan segun la ley de urbanismo de catalunya. Habra que consultar primero el plan general urbanistico. Si es reciente debera tener un catalogo de masias que regulara ese tipo de edificaciones. Si no es asi, solo se podra legalizar por razones historicas o arquitectonicas, y es necesario una aprobacion previa de la Comision Territorial de Urbanismo, mediante un expediente de actuacion especifica en suelo no urbanizable, que precisa un proyecto y un estudio de impacto paisajistico. El expediente puede ser estimatorio o denegatorio. En este ultimo caso NO se podra legalizar.