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Jesus respondió: Profesional de Certicalia
Hola Francisco!
Solemos encontrar algun diferencia entre las varias fuentes de registro.
En tu caso, hay un diferencia muy grande con el regsitro.
Hay que legalizar esa parte de las casa para que conste en el registro de la propiedad.
El banco se basará en lo registrado publicamente que conste en sus escrituras.
Sino, consta como ilegal el resto de la casa. Es posible que se hizo sin registrarlo , por tanto el propietario te debe aportar la documentación técnica y el certificado final de obra de los arquitectos que intervinieron.
El ayuntamiento puede informarte si tiene copia de lo que se presentó en su dia par la licencia de obras: proyectos, certificado final etc..
SIno dispone de información, un arquitecto la puede legalizar, ya digo que no todos se meten ene estas legalizaciones debido a la escasa documentación de su ejecución.
Aclara con el propietario esto y luego con el notario.
Espero haber sido de ayuda mi respuesta
Saludos cordiales