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Albert respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Mirela, no debería haber ningún riesgo, un terreno agrícola como tal no puede ser habitable, para poder disponer de Cédula de Habitabilidad tiene que existir una Vivienda, y esa ser habitable cumpliendo unas normativas establecidas en los Decretos de Habitabilidad justificando el año de antigüedad de esa vivienda si existe, y legalmente inscrita en una escritura, registro propiedad o en Ayuntamiento. Gracias,
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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Estimada Mireia,
La cédula de habitabilidad sólo la puede tener una vivienda. No un terreno sin nada edificado.
Si puede especificar mejor qué es lo que le han pedido, arrojaremos luz sobre el asunto.
Éxitos,