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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Estimado Antonio,
Ese término de Certificado Sustitutorio no existe de forma oficial.
El Real Decreto 390 / 2021 es muy claro al respecto de los certificados energéticos, la visita es obligatoria siempre, independientemente de la casuística del inmueble.
Lo mismo ocurre con la cédula de habitabilidad, lo único que la podría sustituir en compraventa es un documento de exoneración de cédula, pero se expide en casos de ruina, sobre todo.
Muchos éxitos,Antonio replicó:
ParticularSr. Alejandro Muchas gracias por su respuesta! El piso está en una buena zona y reformado será muy bonito. Lo de Certificado Sustitutorio me lo dijeron en Notaría. Gracias y saludos, Antonio