1 respuestas
-
Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días, Andrés.
La ITE no entra en espacios legales o ilegales, sino en deficiencias de los edificios. Si el cerramiento está bien, no constará en el informe salvo que forme parte de algún elemento importante de la envolvente térmica (fachada, cubierta).
Que un cerramiento edificado a posteriori no conste en la escritura es lógico, ya que en su día ese espacio no formaba parte de la vivienda. En la actualidad, en la reescrituración, se tendría que hacer constar como galería o espacio exterior parcialmente cubierto, o algo así.
Un saludo y suerte.