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Ismael respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días! Me llamo Ismael y soy arquitecto técnico. Sería cuestión de ver el caso en particular, pero por lo que comentas según la ley 2/2016 del suelo de Galicia estamos ante una infracción urbanística como se puede ver en su artículo 157 :"Son infracciones urbanísticas las acciones que vulneren las prescripciones contenidas en la legislación y el planeamiento urbanísticos, tipificadas y sancionadas en la misma". La infracción de la que estamos hablando se trataría de una infracción leve, y dichas infracciones según el artículo 161: "Las infracciones leves, con multa de 300 a 6.000 euros y como mínimo el 2 % del valor de la obra, instalación o actuación realizada". Espero haberte servido de ayuda, cualquier cosa estamos en contacto. Un saludo