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Luis Fco. respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes Alba,
Según la nueva Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, dice en su artículo 14. i, que “Los gastos de tasación del inmueble corresponderán a prestatario y los de gestoría al prestamista”. Esto quiere decir que el gasto de la tasación irá por cuenta del que solicita el préstamo hipotecario. Actualmente hay varias entidades bancarias que asumen este gasto. La recomendación general es que el cliente tenga su propia tasación con la que negociar en diferentes entidades bancarias.
Un saludo,