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Jorge respondió: Profesional de Certicalia
Hola, Roberto.
Creo que estáis mezclando conceptos, puesto que la "tácita reconducción" se produce precisamente cuando no se firma nada. Si el contrato inicial ya venció, hay 2 posibilidades:
- se prorroga tácitamente, SIN FIRMAR NADA, por la aquiescencia de las dos partes [en este caso hay que estar muy atentos al plazo, porque ese varia. No es el mismo del contrato inicial]
- O bien firmáis una prorroga, o un nuevo contrato, o lo que sea.
Por lo que cuentas estáis en el 2ndo caso: habéis firmado algo y tendréis que estar a lo que se diga en ese nuevo documento.
Lo mejor para que te quedes tranquilo sería que te lo echase un vistazo un profesional, por si tuvierais que añadir algo. Ademas, si la propiedad esta de acuerdo y no pone pegas, mejor que lo tengáis todo correcto.
Si pides un presupuesto, nosotros en el bufete podemos completarlo o corregirlo por muy poco dinero.
Gracias y un saludo.
Jorge