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Mikel respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Fernando. La vivienda fruto de la transformación del local debe cumplir la normativa de habitabilidad de la comunidad foral, es decir debe cumplir el DECRETO FORAL 142/2004, DE 22 DE MARZO, CONDICIONES MÍNIMAS DE HABITABILIDAD DE LAS VIVIENDAS EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Lo puedes descargar aqui: http://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=16273
En tu caso ya avanzas que el local no dispone de "salida de humos" El Artículo 19. Iluminación ventilación. establece las condiciones que debe cumplir y concretamente establece: Pto 5. Los aseos que no dispongan de ventilación directa, deberán estar provistos de un conducto de ventilación por tiro forzado. y en el pto. 6. En rehabilitaciones que no afecten a la totalidad de las plantas elevadas del edificio no será exigible la ventilación por tiro forzado hasta cubierta en cocinas.
Es decir que si hay problemas para poder sacar conductos de ventilación a cubierta, cuantos menos mejor. El aseo deberá tener una ventilación directa. Sin embargo la ventilación de la cocina deberá ser siempre a cubierta. Se deberá solicitar permiso a la comunidad. Sin salida de humos a cubierta no se permite realizar una vivienda. ESpero haberte ayudado, un saludo. Mikel