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Miguel Angel respondió: Profesional de Certicalia
Hola:
Básicamente, el registro de la propiedad es voluntario, en él se inscriben propiedades, derechos sobre ellas y cargas si las
tuviere, Proporciona seguridad jurídica al tráfico inmobiliario y protege al titular y a terceros que confíen en el contenido de
los derechos publicados e inscritos ( es como un seguro sobre la propiedad ). Aunque no es obligatorio si es recomendable el registrar las propiedades, sobre todo para pedir una hipoteca o de cara a un comprador siempre van a solicitar información en el registro para comprobar el estado de la propiedad, sus derechos, titularidad , cargas. etc..
El catastro es un registro administrativo obligatorio, su finalidad es fiscal y tributaria . -
Cerener respondió: Profesional de Certicalia
El catastro es un registro público, en el que obligatoriamente deben estar inscritas todas las fincas. Su finalidad es exclusivamente fiscal y tiene la misión de valorar los bienes inmuebles con el fin de girar los correspondientes impuestos. La gran ventaja del catasttro es que siempre cuenta con una buena base gráfica (planos) para localizar los bienes.
El registro de la propiedad es un registro público que da fe de la titularidad de la propiedad. La inscripción en el registro es voluntaria. De acuerdo con la Ley Hipotecaria se presume (salvo prueba en contrario) que el titular registral es el verdadero dueño del inmueble. Desgraciadamente no siempre tiene con una buena base gráfica y en ocasiones es dificil fijar los linderos con las descripciones inscritas. Actualmente es posible inscribir la planimetría catastral (u otra si ésta es incorrecta) en la base de datos del registro de la propiedad.