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Oscar respondió: Profesional de Certicalia
Hay dos comprovaciones basicas. Una es la densidad de viviendas en la comunidad donde este. Esto se sabe por la normativa local y es el resultado del numero de metros cuadrados de la comunidad destinados a vivienda dividido por el ratio de la normativa local PGOU o POUM , esto da un numero de viviendas maximo. Si la comunidad no esta al limite se puede solicitar el cambio de uso. Esta es la primera comprovacion. Si esta se cumple la siguiente comprovacion es mirar si el local podria cumplir el nuevo decreto de habitabilidad "DECRET
141/2012, de 30 d’octubre, pel qual es regulen les condicions mínimes d’habitabilitat dels habitatges i la cèdula d’habitabilitat." para edificios usados. Si cumple lo establecido en este decreto, el siguiente paso es redactar un proyecto de reforma para adaptar el local a vivienda si no esta hecha la reforma, o en caso de que se hayan efectuado obras sin lecencia o sin la licencia para este objeto es tramitar un proyecto de legalizacion para poder obtener la prescritiva cedula de habitabilidad.
Otra cosa que hay que solicitar es a la comunidad de propietarios la intencion de este cambio que se ha de aprobar en junta y adjuntar en el expediente. Esto es para evitar agravios comparativos en el caso de que la comunidad hayan otros locales en esta situacion y no todos puedan obtar a este cambio ya que se agotaria la densidad.
espero que te haya sido de ayuda.
Atentamente
Oscar Colom ,arq.