cuando debe un profesional realizar obra o instalación nueva con accesibilidad universal si no esta pedido por la comunidad

cuando la comunidad pide una instalación completa en el edificio para todos los vecinos del mismo, sin pedir que se realice con accesibilidad universal, ¿ debe el profesional realizarla con accesibilidad universal cuando no es reparación si no nueva instalación de elementos que no había anteriormente? ¿ desde cuando debe el profesional realizar toda nueva instalación con accesibilidad universal obligatoriamente?

Juan Jose preguntó sobre Proyectos de reformas Pregunta desde: Madrid

Fecha: 24/05/2017

Responder a Juan Jose >

1 respuestas

  • Luis respondió: Profesional de Certicalia

    En Madrid tenemos la Ley 8/1993, de 22 de junio, autonómica, y la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, estatal, desarrollada por varias disposiciones en 2007, y que modificó la Ley de Propiedad Horizontal. Se considera que valdría únicamente con contar con una minusvalía declarada de al menos el 33 % por parte de un vecino, o que sea mayor de setenta años, para que pueda exigir la adaptación o instalación de elementos de supresión de barreras arquitectónicas en una comunidad, que estará obligada siempre y cuando el coste de las mismas no supere las tres mensualidades de gastos comunes, o si los supera, bastaría que suscribieran un acuerdo una mayoría de propietarios que representen el 51 % de cuotas de participación.

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