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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Si la vivienda es nueva, existe una clara responsabilidad del promotor, constructor y dirección de obra de acuerdo con la ley de la edificación. En caso de ser vivienda de segunda mano, la reclamación por vicios ocultos es más compleja, ya que hay que reunir una serie de requisitos (vicio oculto tan grave que de conocerlo disminuiría considerablemente el valor de la vivienda o supondría no comprarla) y debe ponerse demanda dentro de los 6 meses siguientes a la compra. En cualquiera de los casos será conveniente un informe pericial que determine los defectos y cuantifique los daños para reclamarlos judicial o extrajudicialmente.