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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Estimado Jesús,
La clave está en lo que se haya firmado en el contrato y en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Recomiendo que cruce ambos textos y saque sus conclusiones. Si en el contrato figura que usted puede irse del piso cuando quiera sin penalización, y se ha firmado por ambas partes, las protestas y pretensiones del propietario no tienen sentido. En todo caso, consulte a un abogado experto en temas de este tipo. Será un dinero bien invertido.
¡Un saludo!