despacho en madrid
Buenas tardes!! tengo una duda, mi futuro inquilino quiere contrato a 5 años y la cláusula dice así: El plazo del arrendamiento se establece por un periodo de CINCO AÑOS a partir de la fecha del presente documento (1 de marzo de 2018), finalizando, por tanto, el día (28 de febrero de 2023), podrá ser prorrogado por periodos anuales.
Significa que hasta dentro de 5 años no le puedo subir ni tan siquiera el IPC'
Otra pregunta, en la cláusula del IPC puedo poner : Cada año la renta se actualizará aplicando la variación porcentual experimentada por el índice general nacional del sistema de índices de precios al consumo en un periodo de doce meses inmediatamente anterior a la fecha de cada actualización,.............o por ser por cinco años no lo puedo poner?? .
Podría añadir...:.A la actualizacion del IPC se añadiran + 2 puntos positivos??
Muchas gracias !!

Angeles Suarez preguntó sobre Alquiler de inmuebles Pregunta desde: Madrid
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- Contrato de alquiler de local comercial
Fecha: 24/02/2018