2 respuestas
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Sergio respondió: Profesional de Certicalia
Hola.
Normalmente la promotora deja un porcentaje del coste de la obra, retenido a la constructora con idea de responder de estas situaciones.
Enviad un burofax con la lista de los desperfectos, a ser posible contrastadlo con un abogado y un arquitecto.
Y por experiencia propia, os diría que no incluyáis pequeños desperfectos sin importancia, pues de todo os arreglarán una parte y si ponéis cosas leves, a esas van a acudir a arreglar con un albañil que haga de todo. No perdáis más tiempo, burofax y si en un breve plazo no tenéis respuesta, denuncia ante oficina de consumo. -
Juan respondió: Profesional de Certicalia
Primero hay que distinguir si estamos ante un defecto constructivo (o de proyecto) o un incumplimiento de contrato.
En el primer caso, según el defecto, el plazo normal es de 3 años para reclamar (si hay contrato, con responsabilidad civil contractual) o de hasta 10 años si afecta la estructura y seguridad del edificio.
Si estamos ante daños menores (un grifo que gotea, por ejemplo) lo mejor es que te lo arregles tu mismo, pues te saldrá más cara la reclamación, aunque lo ganes todo.
Por ello, lo primero es necesario acudir a un arquitecto experto que te haga un dictamen pericial de los daños o desperfectos e inmediatamente (dices que ya ha transcurrido un año, el truco del promotor para que venza el plazo de reclamación) vayas a un abogado que te indique el plazo que queda para poder presentar la demanda.
A partir de aquí, hay que estudiar si es conveniente hacerlo o no (costo de la demanda, costo de la reparación, posibilidades de ganar, solvencia del promotor, etc etc) y decidir la interposición de la demanda. Piensa que si el promotor es insolvente, nada obtendrás aunque ganes la demanda, a menos que derives la responsabilidad a los técnicos si es posible, lo que deberá decir el perito.
A tu disposición.