Devolución fianza
En el contrato de alquiler privado se indica que el arrendador devolverá la fianza al arrendatario en un plazo de 15 días tras recibir ese depósito de la administración (Gobierno Vasco). El Gobierno Vasco tiene un plazo de 3 meses para devolver el depósito de la fianza al arrendador. El arrendatario indica que por ley, si no se le devuelve el depósito en 1 mes tras la entrega de llaves, denuncia al arrendador. ¿Prevalece la ley sobre el contrato privado? ¿Tiene que adelantar el arrendador la fianza aunque no la haya recibido del Gobierno Vasco aún?

Maria preguntó sobre Alquiler de inmuebles Pregunta desde: Bizkaia
Fecha: 31/05/2022