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Pedro respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes, en primer lugar habrá que ver la documentación de que se dispone para poder hacer una subsanación ante Catastro. Debido a la entrada en vigor de la Ley 13/2015 sobre la Ley Hipotecaria, muchas de las operaciones jurídicas ante Notario son más escrupulosas, y por tanto en Catastro, ya que han de estar vinculados ambos (Regsitro y Catastro). Póngase en contacto con un profesional especializado en estos temas cuanto antes. Cualquier variación ante catastro, éste tiene 6 meses para contestarle
Espero haberle ayudado