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Dionisio respondió: Profesional de Certicalia
Buenos Días, Andrea:
Si se está seguro que los linderos no han variado desde la fecha de la división; lo primero sería medir la superficie actual. Y lo segundo es medir la superficie de la parcela para comprobar la superficie, Después de realizado esto anterior se solicita a Catastro la modificación de la Cartografía Catastral, mediante el "procedimiento de Subsanación de Discrepancias Catastrales. Catastro está obligado por ley asolucionarlo en un plazo máximo de seis meses. Para ello debe aportar a Catastro plano acotado de la parcela.
Un saludo.
DionisioAndrea replicó:
ParticularHola Dionisio, Gracias por tu respuesta, la medida correcta sería la del Catastro, lo que habría que modificar serían las escrituras al realizar la compra venta, en este caso ¿habría que realizar una medición aunque en las escrituras vengan ambas medidas? Gracias de nuevo