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Jose Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Hola, Joaquín; la diferencia está en que con la división horizontal la parcela de terreno original no se divide, de manera que, legalmente, cada propietario tiene un porcentaje de la parcela total, aunque el uso particular de cada uno esté delimitado claramente. En la práctica hay pocas diferencias, salvo que al ser no ser parcelas individuales no puedes derribar tu casa y volverla a hacer libremente. Para obras de ampliación, es aconsejable que registralmente se declare la edificabilidad de cada subparcela y evitar que el primero que lo solicite agote las posibles disponibilidades.