2 respuestas
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
En la escritura de propiedad se establece si la terraza es propiedad de la comunidad, pero también si el uso es comunitario o privativo del dueño de la vivienda. Si el uso es privativo, puede instalar todos los elementos que se consideren "muebles". es decir, no anclados a la estructura del inmueble y de fácil desmontaje, y siempre que ello no esté en contra del reglamento de la comunidad (en el que se pueden establecer normas de ornato que impida tener tendederos, toldos, etc.). En cualquier caso para obligar a que retire la pérgola la comunidad deberá acudir a un juez mediante el correspondiente pleito.
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Jose Michael respondió: Profesional de Certicalia
Para poder llegar a una solución a este asunto, sería necesario saber de qué documentación se dispone:
• Escritura de Propiedad.
• Nota Simple.
• Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica.
• Planos del Inmueble.
Además, la instalación de una pérgola en la terraza o solárium, podría requerir de permiso de la Comunidad de Propietarios independientemente de la titularidad del uso de la terraza e incluso quizá de licencia municipal de instalación.
Debido a la naturaleza del conflicto entre el propietario y la Comunidad de Propietarios, sería conveniente que nuestra abogada especialista les asesorase en la resolución del mismo.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros para explicarnos su caso con mayor detalle y así poder pasarle un presupuesto.
Un saludo.