3 respuestas
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Luis respondió: Profesional de Certicalia
El valor catastral se calcula según superficie construida y tablas de la comunidad autónoma así como el valor del suelo.
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Lo ideal sería hacer en primer lugar la modificación catastral para no tener problemas.
El valor catastral diferenciado de las dos parcelas segregadas (una con edificaciones y otra no) la puede realizar cualquier técnico con experiencia en base a la ponencia de valores que aplicó el catastro. El valor a efectos fiscales (que es distinto del catastral) lo calculamos también los técnicos de acuerdo a los precios medios aprobados por la junta a efectos de ITP.
Pero es importante que sepa que esta valoración no sería vinculante a efectos del ITP, por lo que hacienda podría hacerle una comprobación de valores.
Le recomendamos que pida asesoramiento técnico (nosotros prestamos estos servicios) y que, si no le corre prisa la operación, realice previamente la alteración catastral.
Esperamos haberle servido de ayuda. -
Jose Manuel respondió: Profesional de Certicalia
Hola, en teoría no es legal la compra, habría que hacer una segregación previa...