2 respuestas
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
El alquiler depende de la voluntad de ambas partes, así que por supuesto, cualquiera de las partes puede echarse atrás antes de la firma del contrato.
No obstante, no siempre los propietarios piden informes de insolvencia (RAI, ASNEF, etc).
En caso de que pidiesen informe y te denegasen el alquiler por ese motivo, siempre puedes negociar con el propietario más meses de fianza o un aval bancario para garantizar tu solvencia. -
Juan Manuel respondió: Profesional de Certicalia
Me parece que las características de las que me estás hablando se refieren a los requisitos del seguro por impago del alquiler. Que tú tengas esos requisitos no significa que el arrendador esté obligado aceptar un contrato de arrendamiento contigo. En principio el arrendador es libre de aceptar a la persona que estime conveniente para realizar el contrato de arrendamiento, incluso si como en este caso el arrendatario cumple con las características de un seguro. En conclusión te pueden echar para atrás el contrato de arrendamiento si el arrendador lo estima conveniente.