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Luis respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes, la condición de habitabilidad que se exige al respecto en la comunidad de Madrid es que, sólo podrán autorizarse viviendas en nivel inferior al de la calle en terrenos situados en el medio urbano cuando se cumpla lo siguiente: aislamiento del terreno natural por cámara de aire o capa impermeable (mínimo 0,20 en espesor), impermeabilización de muros y suelos mediante empleo de morteros y materiales hidrófugos, iluminación directa de todas las habitaciones, pavimentación impermeable del terreno circundante en una faja de altura dé un metro adosada a los muros de fachada.
Las escaleras tendrán una anchura mínima de 0,80 metros y con aireación directa. En casas colectivas de más de dos plantas ó de más de cuatro viviendas, la anchura libre mínima aumentará a 0.90 metros, admitiéndose en este caso la iluminación cenital por medio de lucernarios cuya superficie mínima será de 2/3 de la planta de la caja de la escalera. Para alturas de más de 14 metros medidos desde niveles del arranque de la escalera en los portales será obligatorio el ascensor.
Para cualquier duda o presupuesto puede contactar conmigo. Saludos.