3 respuestas
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Angel Manuel respondió: Profesional de Certicalia
He tenido un caso similar hace tiempo, me puse en contacto con el notario y me encargó que aportara un pequeño escrito justificando que como el edificio estaba inacabado y que este iba a ser demolido según lo dispuesto en el art. 2 f estaría exento de presentar el certificado de eficiencia energética.
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Jose Mª respondió: Profesional de Certicalia
El certificado se exige siempre que se venda una vivienda independientemente de qué se vaya a hacer con ella en el futuro.
Si vendéis el edificio completo necesitáis un certificado del edificio completo.
Si vendéis las viviendas por separado, necesitaréis un certificado para cada vivienda. -
Agustin respondió: Profesional de Certicalia
En tanto no sea demolido entiendo que, para la realizar su venta, el notario exigirá el certificado energético.
Puede hacerse un único certificado de edificio completo.