2 respuestas
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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días, Gema.
El boletín eléctrico no tiene nada que ver con el certificado energético ni con la cédula. El primero lo redacta un electricista cualificado, certificado energético y cédula, un arquitecto.
Es cierto que para dar de alta la luz o un cambio de titular, piden los tres trámites:
1) Certificado energético
2) Cédula de habitabilidad
3) Boletín eléctrico
Para los dos primeros, contacte con un arquitecto, para el tercero, con un electricista. Tendrán que hacer una visita de toma de datos en su vivienda en todos los casos. El arquitecto realizará en la misma visita la toma de datos para cédula y certificado energético.
Espero haberle aclarado la duda, muy habitual por otra parte en clientes. -
Jose Mª respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días.
Son tres certificados diferentes.
El boletín eléctrico es necesario para contratar un nuevo contador eléctrico y se lo pide la compañía suministradora. Lo tramita una persona, ingeniero acreditado por industria.
El certificado energético y cédula de habitabilidad son necesarios para un alquiler o una compraventa de un inmueble y lo tramita un arquitecto técnico o arquitecto.
El certificado energético es una información sin obligación a nada, sobre el estado del inmueble respecto a su eficiencia energética y producción de CO2.
La cédula es un certificado del técnico que si obliga a ciertas reglas y normativas para un mínimo de habitabilidad.
JM Labara
Arquitecto técnico