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José respondió: Profesional de Certicalia
Son cosas totalmente diferentes.
La referencia catastral es el identificador oficial y obligatorio de los bienes inmuebles. Se trata de un código alfanumérico que es asignado por el Catastro de manera que todo inmueble debe tener una única referencia catastral que permita situarlo inequívocamente en la cartografía catastral. Puede conocer la referencia catastral a través de la Sede Electrónica del Catastro:
http://www.sedecatastro.gob.es/
Y el expediente de Escritura, tiene que ser el número que asigna la Administración a la Promoción en cuestión, y más concreto al de su vivienda particular.