2 respuestas
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Isabel respondió: Profesional de Certicalia
Estimada Juana
En principio no se debe alquilar un piso turístico como vivienda habitual en principio por las propias características y funciones de cada uno de los contratos. Aunque son contratos donde se manifiesta la voluntad de las partes, un alquiler de larga duración es prorrogable por años y en él, las obligaciones del arrendador se circunscriben al mantenimiento y obviamente la exigencia y depósito de fianza. El alquiler de vivienda turística está pensado para entrar y salir de la misma, que se limpie por un tercero,,,,el hecho de que no esté en un Registro administrativo es sancionable según Ayuntamientos, pero ya tiene la publicidad del registro de la propiedad. Seguramente pueda haber un cruce de datos. -
Rodrigo respondió: Profesional de Certicalia
Hola Juana. Si puedes alquilarlo por larga temporada, esté registrado o no como apartamento turístico (lo contrario no siempre es posible). hay un requisito que si que tienes que cumplir, que es que tengas certificado energético del inmueble o del edificio. Mi nombre es Rodrigo Martínez, de la empresa Ingeniería Sur de Europa. Puedes contactar conmigo a través de mi perfil. Gracias