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Miguel Angel respondió: Profesional de Certicalia
Hola Esther, desde primeros del año salio una ley : " Ley 11/2021 de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el Fraude Fiscal este nuevo valor de referencia es la base mínima de tributación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) así como Sucesiones y Donaciones (ISD). "
Eso quiere decir que tienes que escriturar con ese valor, si es menor recibiras una cartita de hacienda con una carta de pago por la diferencia y una sanción. Es lo que hay. Saludos