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Radium respondió: Profesional de Certicalia
Hola. La validez del certificado es 2 años de antigüedad, de acuerdo al Real Decreto de la deducción del IRPF. No debería tener problemas. Saludos.
jose antonio replicó:
ParticularAntes de nada, muchísimas gracias por su atención y disculpa si insisto en mi duda. La cuestión es que según he leído en el Real Decreto que habla del Certificado y su Registro, se determina que para que el Certificado tenga validez legal debe ser registrado en el plazo de 1 mes desde su emisión. Como en mi caso dicho registro me lo han hecho pasado este plazo de 1 mes, desconozco las implicaciones que puede tener este incumplimiento. Si directamente ya no hay nada que se pueda hacer o si dicho incumplimiento no me impide aplicarme la deducción en el IRPF. Nuevamente muchas gracias por vuestra atención.
jose antonio replicó:
ParticularHola y mil gracias por su respuesta. Ahora bien mi duda está en que como ha tardado 45 días en registrarlo desde que se efectuó la visita, temo que me puedan rechazar en Hacienda la deducción en el IRPF por haberse registrado tan tarde desde su emisión. Saludos.